Distinguido Notario,

Con la finalidad de aportar información útil al gremio Notarial, es que ponemos a su disposición la siguiente información:

El 15 de julio deberemos de emitir CFDIs con el nuevo Método de Pago.

El Servicio de Administración Tributaria realizó cambios a este requisito publicando en la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal del 2016, con una nueva regla y un nuevo catálogo para la emisión de las facturas electrónicas.


Regla 2.7.1.32 Cumplimiento de requisitos en la expedición de comprobantes fiscales

Para los efectos del artículo 29-A, fracciones I y VII, inciso c) del CFF, los contribuyentes podrán incorporar en los CFDI que expidan, la expresión NA o cualquier otra análoga, en lugar de los siguientes requisitos:

1. Régimen fiscal en que tributen conforme a la Ley del ISR.
2. Domicilio del local o establecimiento en el que se expidan los comprobantes fiscales.
3. Forma en que se realizó el pago.

Los contribuyentes podrán señalar en los apartados designados para incorporar los requisitos previstos en las fracciones anteriores, la información con la que cuenten al momento de expedir los comprobantes respectivos.
La facilidad prevista en la fracción III de esta regla no será aplicable en los casos siguientes:

a) En las operaciones a que se refiere la regla 3.3.1.37.

b) En los actos y operaciones que establece el artículo 32 de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita y;

c) Cuando la contraprestación se pague en una sola exhibición en el momento en el que se expida el CFDI o haya sido pagada antes de la expedición del mismo.

Tratándose de los supuestos previstos en los incisos antes señalados, los contribuyentes deberán consignar en el CFDI la clave correspondiente a la forma de pago, de conformidad con el catálogo publicado en el Portal del SAT.

CFF 29-A, Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita 32, 33, RMF 2016 3.3.1.37.
Le compartimos cuál será el nuevo catálogo que se utilizará para registrar el Método de Pago a partir del 15 de julio del 2016:

Catálogo de Método de Pago
Clave Descripción
01 Efectivo
02 Cheque nominativo
03 Transferencia Electrónica de fondos
04 Tarjeta de crédito
05 Monedero electrónico
06 Dinero electrónico
08 Vales de despensa
28 Tarjeta de débito
29 Tarjeta de servicio
99 Otros


Puede verificar esta tabla desde la página del SAT en la siguiente liga:
http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/factura_electronica/Documents/Catalogo_FormasdePago.pdf